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 Estatutos

 Título Primero. Denominación, ámbito y domicilio.-

   
 Artículo 1 º. Denominación, naturaleza y duración.-
 
Con la denominación “Fundación Economía Aragonesa” se constituye una organización de naturaleza fundacional, sin fin de lucro, cuyo patrimonio se halla afectado de forma duradera a la realización de los fines propios de la institución.-
La fundación se regirá por los presentes Estatutos, por la Ley 50/2002, de 26 de diciembre de Fundaciones, por las normas de desarrollo de esta Ley y por el Decreto 276/1995, de 19 de diciembre, de la Diputación General de Aragón por el que se regulan las competencias en materia de fundaciones y se crea el Registro de Fundaciones.
La fundación se crea con una duración ilimitada.
 
 Artículo 2º. Personalidad y capacidad jurídica.-
 
La Fundación constituida, una vez inscrita en el Registro de Fundaciones, tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad para obrar, pudiendo realizar, en consecuencia, todos aquellos actos que sean necesarios para el cumplimiento de la finalidad para la que ha sido creada, con sujeción a lo establecido en el ordenamiento jurídico.
 
 Artículo 3º. Nacionalidad y ámbito.-
 
La Fundación tiene nacionalidad española y su ámbito de actuación preferente será la Comunidad Autónoma de Aragón.
 
 Artículo 4º. Domicilio.-
 
El domicilio de la Fundación radicará en la ciudad de Zaragoza, c/ Costa, nº 9, Principal, Dcha.
El Patronato podrá trasladar el domicilio mediante la oportuna modificación estatutaria.
 

Título Segundo. Objeto de la Fundación.-

 
 Artículo 5º. Fines.-
 
La Fundación tiene por objeto:
Elaborar estudios sobre economía aragonesa y sobre el territorio aragonés por iniciativa propia o por encargo.
Organizar y supervisar equipos de investigación solventes científicamente, que realicen trabajos sobre economía y de carácter territorial encargados a través de la Fundación.
Promover un debate informado sobre las alternativas a que se enfrenta la economía aragonesa y la política de organización del territorio. En especial organizará periódicamente encuentros, seminarios o jornadas sobre temas relevantes.
Publicar o dar difusión por cualquier medio a los trabajos que realicen, las conclusiones de los seminarios así como otros trabajos de interés para Aragón.
Formar economistas especializados en temas relativos a la economía y política territorial aragonesas.
El Patronato tendrá plena libertad para determinar las actividades de la Fundación en relación con los fines de la misma, definidos en un sentido amplio.
 

 Titulo Tercero. Entidades fundadoras.-

 
 Artículo 6º. Fundadores.-
 
Son entidades fundadoras de la Fundación:
La Diputación General de Aragón
La Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Zaragoza, Aragón y Rioja.
La Caja de Ahorros de la Inmaculada.
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    Última Actualización : Jueves, 29 de julio de 2010  
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